CIRCULAR INFORMATIVA

 

 

OCTUBRE 2.004

RESPONSABILIDAD POR DEUDAS TRIBUTARIAS DE CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS (Refra. 1.793/2.004)

 

 

Como es sabido, el artículo 43.1.f) de la Ley General Tributaria (que entró en vigor el pasado día 1 de julio de 2004) establece que las personas que contraten o subcontraten la ejecución de obras o la prestación de servicios correspondientes a su actividad económica principal, serán responsables subsidiarios de la deuda derivada de las obligaciones tributarias relativas a tributos que deban repercutirse o cantidades que deban retenerse a trabajadores, profesionales u otros empresarios, en la parte que corresponda a las obras o servicios objeto de la contratación o subcontratación.

 

Según dispone el mismo artículo, esta responsabilidad no será exigible cuando el contratista o subcontratista haya aportado al pagador un certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias emitido a estos efectos por la Administración tributaria durante los doce meses anteriores al pago de cada factura correspondiente a la contratación o subcontratación.

 

Por tanto, el certificado (positivo) exime de responsabilidad al pagador, aunque no sea él quien debe solicitarlo, sino que lo deberá pedir la persona o entidad con la que contrate o subcontrate obras o servicios, quien deberá entregarlo al pagador, una vez recibida de la Agencia Tributaria.

 

Preciso es aclarar que cuando se trate de obras y servicios ya iniciados con anterioridad al 1 de julio de 2004, no es necesario solicitar y aportar el certificado, con independencia de que el pago de la contratación o subcontratación se produzca después de dicha fecha. Además, al contratante-pagador no se le puede exigir ninguna deuda generada con anterioridad o una vez finalizada la obra o servicio y tampoco podrán exigirse aquellas que se deriven de otras actividades llevadas a cabo por el contratista o subcontratista.

 

 

 

 

Recientemente la Dirección General de Tributos ha dictado la Resolución 2/2004 (BOE de 19 de julio de 2004), la cual, so pretexto de aclarar los supuestos de hecho en que será de aplicación la precitada disposición legal, consigue en realidad el efecto contrario, toda vez que, a la postre, lo que viene a concluir es que habrán de analizarse caso por caso los presupuestos de hecho que deben concurrir para que dicho precepto sea aplicable.

 

Ello no obstante, parece claro que, en el ejercicio de nuestra profesión, sólo podríamos adquirir la descrita responsabilidad en el supuesto de que, bien como profesionales individuales o bien como titulares de la correspondiente sociedad profesional, subcontratásemos todo o parte de los servicios profesionales que nos hubiesen sido previamente contratados a nosotros. Obviamente, no incurriremos en responsabilidad respecto de las deudas tributarias de aquellos profesionales a los que tengamos contratados como asalariados (relación laboral). En aquellos supuestos (relación no laboral), pues, para eludir la responsabilidad subsidiaria por sus eventuales deudas tributarias, es preciso exigir al profesional o profesionales a quienes hayamos subcontratado estos servicios la presentación del certificado a que alude la norma analizada. Parece además sumamente aconsejable que no se inicie la relación, o al menos no se paguen las facturas, hasta que el pagador disponga del mencionado certificado. Sería además conveniente incluir dichas premisas en el contrato a través del cual arrendemos los servicios profesionales del contratista o subcontratista.

 

Por lo demás, en el resto de los supuestos nos hallaremos al otro lado de la relación (es decir, seríamos los contratados, y no los contratantes), considerándose que, en tanto se aclare la cuestión, lo procedente para evitar eventuales problemas sería presentar el aludido certificado a todo aquel empresario o profesional que así nos lo demande.

 

En la página web de la Agencia Tributaria se informa detalladamente de los pasos a seguir para solicitar el tan repetido certificado mediante el nuevo modelo 01C (http://www.aeat.es/campanyas/contratistas/home.html).

 

La Administración tributaria podrá denegar, en el plazo de tres días desde su solicitud, la emisión de los certificados cuando existan deudas del solicitando o éste no haya presentado las declaraciones correspondientes. Cuando se denieguen los certificados, por deudas, falta de declaraciones, o por ambos motivos, tal circunstancia será notificada al pagador por la Agencia Tributaria.

 

 

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (Refra. 1.728/2.004)

 

 

El pasado mes de julio se ha presentado por la Fundación Laboral de la Construcción, una iniciativa en materia de seguridad y salud laboral en la construcción que consideramos de interés y que se denomina LINEA DE PREVENCION.

 

Consiste en el establecimiento de un servicio de información gratuito, al que pueden acceder todos los agentes del sector, para plantear sus dudas en materia preventiva y recabar la información correspondiente al problema planteado.

 

Son dos las vías de acceso

 

Teléfono gratuito: 900.203.020

 

Plataforma on line: www.lineaprevencion.com

 

(sistema interactivo, con posibilidad de utilizar videoconferencia y multiconferencia)

 

En principio este programa, que se encuentra ya operativo y que ha sido financiado por la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, se mantendrá en funcionamiento hasta el próximo 31 de diciembre, en cuyo momento y valorándose los resultados obtenidos y de recibir las ayudas económicas necesarias, la Fundación Laboral de la Construcción proseguiría con esta iniciativa.

 

 

BECAS DEL INSTITUTO EDUARDO TORROJA (Refra. 1.840/2.004)

 

 

La Junta de Gobierno del Consejo General de la Arquitectura Técnica, con ánimo de fomentar la formación de Arquitectos Técnicos, que trabajando en una entidad del prestigio del Instuto Eduardo Torroja, puedan llegar a ser expertos en áreas de trabajo de indudable interés para la profesión, ha acordado en su reunión ordinaria de 16 de julio de 2004 trasladar a los Colegios la convocatoria de dos nuevas becas para prestar servicios de cooperación técnica en el Instituto Eduardo Torroja, de conformidad con el Convenio de Colaboración que a estos efectos nuestro Consejo General tiene suscrito con el referido Instituto. La convocatoria se realiza con arreglo a las siguientes condiciones:

 

Puestos de trabajo: Dos, en calidad de becario, durante dos años y en jornada completa. A comenzar el día 1 de abril de 2005.

Lugar: Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja, en Madrid.

Areas de trabajo: Medioambiente (reciclaje de residuos de demolición y construcción) y Ensayos Físico-Mecánicos del Hormigón.

Requisitos: Arquitecto Técnico colegiado, con menos de cinco años de antigüedad en la titulación.

Remuneración: Doce mensualidades de 1.322 euros brutos.

 

Los colegiados interesados deberán remitir su currículo-vitae a las oficinas colegiales, antes del día 1 de diciembre de 2004.

 

 

INFORMATICA

 

 

Ponemos a vuestra disposición direcciones de correo electrónico gratuitas sin límite de capacidad de buzón.

 

Dominio arquitectotecnico.com (tunombre@arquitectotecnico.com).

 

Inicialmente se reservará una dirección por colegiado. Interesados dirigiros al Colegio dando vuestro nombre y la contraseña que queréis poner.

 

 

ACREDITACION PROFESIONAL DE PERITOS DE SEGUROS (Refra. 1.887/2.004)

 

 

La Asociación de Peritos de Seguros y Comisarios de Averías nos comunica que va a proceder a la reapertura de la Comisión Mixta Unespa-Apcas para la acreditación profesional de peritos de Seguros y Comisarios de Averías.

 

El periodo de presentación de solicitudes de acreditación será del día 20 de septiembre al 20 de noviembre de 2004 y está abierto para acreditar a los Peritos de Seguros que venían ejerciendo la profesión con anterioridad a 1 de abril de 2000 y a los Comisarios de Averías que ejercían la profesión con anterioridad a 30 de junio de 2001, y que por alguna u otra razón no presentaron la solicitud en el plazo previsto en su día, o habiéndola presentado algunos fuera de plazo.

 

Para poder ser acreditados, los profesionales ejercientes referidos deberán justificar el ejercicio de la profesión en las mismas condiciones que en el periodo anterior en e que estuvo funcionando la Comisión Mixta Unespa-Apcas, de forma que se va a actuar con el mismo rigor que el plazo anterior en que estuvo en funcionamiento la Comisión Mixta.

 

A todos los profesionales que sean aceptados por la Comisión Mixta por reunir los requisitos solicitados, se les expedirá el diploma de reconocimiento igual que se expidió en el período anterior, con la firma de la presidenta de Unespa, del presidente de Apcas y el Director General de Seguros y Fondos de Pensiones dando el visto bueno.

 

De ser de tu interés o precisar una mayor información, puedes dirigirte a

 

Apcas

C/ Conde de la Cimera nº 4, bajos

28040 – Madrid

Teléfono 915.986.250

Fax 915.354.480

E mail info@apcas.es

 

 

MUSAAT (Refra. 1.719/2.004)

 

 

El Consejo de Administración de Musaat, atendiendo a la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, aprobó en su reunión de 25 de junio el Reglamento para la Defensa del Cliente de Musaat, que regula el funcionamiento de este servicio en Musaat y la forma en que los mutualistas pueden presentar sus quejas y reclamaciones. Asimismo, el pasado día 23 de julio, el Consejo ha nombrado titular de este servicio de Atención al Cliente de Musaat a don Paulino Caminero Carrero.

 

Este nuevo servicio de la Mutua tiene como objetivo resolver las quejas referidas al funcionamiento de los servicios prestados a los usuarios por la Mutua y en especial, las tardanzas o desatenciones, así como las reclamaciones que pongan de manifiesto hechos concretos referidos a acciones u omisiones de la Entidad que suponga para quien la formula un perjuicio para sus intereses o derechos.

 

 

BOLSA DE TRABAJO

 

 

Refra. 1.747/2.004

Despacho de arquitectura dedicada al diseño de obras públicas y privadas requiere Arquitecto Técnico para la realización de proyectos y diseño de planos.

 

Requisitos: Experiencia de al menos cinco años en delineación.

 

Interesados contactar con

Consultoría Catenon (doña Natalia González)

Torre Master I-Azca

Avda. General Perón nº 38

28020 – Madrid

Teléfono 913.096.980

http://www.catenon.com

 

Refra. 1.763/2.004

La firma Forjados y Estructuras Ibiza, S. L., especializada en estructuras de hormigón, precisa técnico de grado medio para control y gestión de obras.

 

Se requiere mínimo un año de experiencia en el sector y vehículo propio.

 

Interesados enviar currículum vitae a forest@eresmas.net.

 

Refra. 1.802/2.004

Valtasar, Sociedad de Tasaciones requiere Aparejadores/Arquitectos Técnicos para realizar valoraciones.

 

Se ofrece:

Formación continua a cargo de la empresa.

Apoyo constante del departamento de control de las oficinas centrales.

Licencia de programa de tasación.

Incorporación a una de las principales sociedades de tasación del país.

No se requiere exclusividad.

 

Se valorará experiencia.

 

Interesados dirigir currículum vitae a: Baltasar@valtasar.es

 

Refra. 1.808/2.004

La firma Gestión de Valoraciones y Tasaciones, S. A. necesita Arquitectos Técnicos en las zonas de Mallorca, Menorca e Ibiza/Formentera. No se requiere exclusividad. Se valorará conocimientos de Borsan.

 

Interesados enviar currículum vitae al fax 971.467.051.

 

Refra. 1.841/2.004

El Departamento de Ingeniería y Mantenimiento del Aeropuerto de Ibiza, requiere al contratación de la “asistencia técnica para la coordinación de seguridad y salud de oras y suministros en el Aeropuerto de Ibiza”.

 

Interesados contactar con

Javier Martínez Cuesta

Sección Obra Civil e Instalaciones

Departamento de Ingeniería y Mantenimiento

Aeropuerto de Ibiza

Teléfono 971.809.406

Fax 971.809.311

http://contratacion.aena.es

 

El plazo de recepción de ofertas finaliza el próximo día 08-10-2004.

 

Refra. 1.882/2.004

Empresa de tasaciones a nivel nacional busca tasadores externos para la isla de Formentera. Se ofrece contrato mercantil. Se necesita coche propio, fax e internet. Las condiciones económicas se tratarán en entrevista telefónica. Interesados enviar currículum vitae a: davidgarcia@grupoeuro56.com.

 

 

DISPOSICIONES OFICIALES

 

 

BOE Nº 217

 

Orden EHA/2916/2004, de 3 de septiembre, sobre índices de precios de mano de obra y materiales correspondientes a los meses de enero, febrero y marzo de 2004, aplicables a la revisión de precios de contratos de las Administraciones públicas.

 

BOE Nº 231

 

Resolución de 17 de septiembre de 2004, del Banco de España, por la que mensualmente se hacen públicos los índices de referencia oficiales para los préstamos hipotecarios a tipo variable destinados a la adquisición de vivienda.