CIRCULAR INFORMATIVA

 

ENERO 2.005

 

SEGURIDAD Y SALUD LABORAL (Refra. 2.428/2.004)

 

 

 

El B. O. E. Nº 274, de 13 de noviembre de 2.004, publica el R.D. 2.177/2.004, de 12 de noviembre, por el que se introducen modificaciones en el R.D. 1.215/1.997, de 18 de julio, que estableció las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. Se modifica, igualmente, a través de su Disposición Final Primera el R.D. 486/1.997, de 14 de abril, por el que se establecieron las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, y, a través de su Disposición Final Segunda, el R.D. 1.627/1.997, de 24 de octubre, que estableciera las disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.

 

Lo más significativo en los cambios realizados, desde la perspectiva de los Arquitectos Técnicos que intervienen en la dirección de la ejecución de las obras y en la coordinación de seguridad y salud laboral durante la elaboración del proyecto y en la fase de ejecución de las obras, son los relativos al régimen normativo aplicable en los andamios, que se consignan en el apartado 4.3 del Anexo del R.D. 2.177/2.004 y que, en síntesis, tienen el objeto de que los andamios se proyecten, monten y mantengan de manera que se evite su desplome o desplazamiento accidental así como que las personas que los utilicen caigan o estén expuestas a las caídas.

 

A partir de la entrada en vigor del R.D. 2.177/2.004, con las excepciones referidas a los andamios que posean marcado “CE” y que en su montaje y utilización no se aparten de las prestaciones establecidas por sus fabricantes, suministradores o proveedores y de los andamios que están montados según una configuración tipo general reconocida, en todos los demás casos deberán cumplirse los siguientes requisitos:

 

 

 

 

 

-             Disponer de una nota de cálculo de resistencia y estabilidad, elaborada por persona con formación universitaria habilitante para esta actividad.

 

-             Disponer de un plan de montaje, de utilización y de desmontaje, elaborado por persona con formación universitaria habilitante para esta actividad.

 

-             Dirección técnica del montaje, desmontaje y modificación sustancial de los andamios, llevada a cabo por una persona que disponga de formación universitaria o profesional habilitante. Estas operaciones habrán de realizarse por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada y específica que les permita enfrentarse a los riesgos específicos y para ello habrán de comprender: a) el plan de montaje, desmontaje y transformación; b) la seguridad durante dichas operaciones; c) las medidas de prevención de riesgos de caída de personas o de objetos; d) las medidas de seguridad en caso de cambio de las condiciones meteorológicas que pudiesen afectar negativamente a la seguridad de los andamios; e) las condiciones de carga admisibles; y f) cualquier otro riesgo derivado de las operaciones de montaje, desmontaje y transformación.

 

-           El plan de montaje y desmontaje habrá de estar a disposición de las personas que dirigen y ejecuten estas operaciones.

 

-          Los andamios con marcado “CE” habrán de ser montados bajo la dirección, indistintamente, de personas con la cualificación requerida para las que no dispongas de dicho marcado o de personas con una experiencia de más de dos años, certificada por el empresario en esta materia y que cuenten con formación de prevencionista  de nivel básico.

 

-           La puesta en servicio de los andamios deberá ser autorizada mediante inspección realizada por una persona con formación universitaria o profesional habilitante.

 

-           Los andamios estarán sujetos a inspecciones periódicas, después de su puesta en servicio: tras cualquier modificación; período de no utilización; exposición a la intemperie; sacudidas sísmicas o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar su resistencia o estabilidad. Todas estas inspecciones se harán por personas cualificadas consignadas en el apartado anterior.

 

-         Las anteriores inspecciones, cuando vengan referidas a andamios con marcado “CE” podrán ser llevadas a cabo, además de por personas con la cualificación anteriormente consignadas, por las personas que posean una experiencia de más de dos años certificada por el empresario en esta materia y con formación de prevencionista de nivel básico.

 

 

 

 

 

 

Como resumen de todo ello y pese a la ya habitual inconcreción de la norma y consiguiente dificultad de entendimiento y aplicación, se establecen, con las salvedades referidas principalmente a los andamios con marcado “CE”, intervenciones profesionales relativas a la elaboración de la nota de cálculo y estabilidad, plan de montaje, utilización y desmontaje y a las actividades de dirección e inspección de que se ha hecho mérito, funciones y cometidos de todos ellos que se encuentran sin ningún género de duda incluidos en el ámbito de atribuciones profesionales de los Arquitectos Técnicos.

 

El cumplimiento de esta normativa ha de ser atendido por el sistema de gestión de prevención del contratista responsable, lo que es independiente de la actividad que hasta ahora se viene desarrollando mediante la emisión de los certificados de andamios, a tenor de lo dispuesto en las Ordenanzas Municipales.

 

A partir de ahora y en relación con los andamios, que habrían de estar previstos en el proyecto de ejecución de la obra, parece aconsejable que tanto EN LOS Estudios de Seguridad y Salud como en los Estudios Básicos se incluya una prescripción referida a la necesidad de que dispongan de la documentación técnica reseñada en el apartado 4 del anexo 2 del R.D. 1.215/1.997, en virtud de la modificación introducida por el R.D. 2.177/2.004, así como que la dirección de las operaciones de montaje y desmontaje y las inspecciones previas a la puesta en servicio de los andamios y las requeridas con carácter periódico u ocasional, se lleven a cabo por personas que dispongan de la formación precisa para ello.

 

Parecería igualmente aconsejable que en los Planes de Seguridad y Salud en el Trabajo se consigne, por el contratista que venga afectado por la normativa, que los andamios, su instalación, puesta en marcha, utilización y desmontaje se hará con puntual cumplimiento de lo dispuesto en el R.D. 1.215/1.997, reformado por el R.D. 2.177/2.004.

 

En la fase de ejecución de la obra y, con independencia de las instrucciones que por el Coordinador de Seguridad y Salud se hagan llegar, en el nombre del Promotor, a las empresas contratistas concurrentes, (R.D. 174/2.004), parecería asimismo aconsejable que el Coordinador tomara, además, las siguientes cautelas:

 

-             Recordar a los contratistas directamente afectados, la obligación de cumplir con la normativa de andamios, dejando constancia documental de ello.

 

-          Dejar a su buen juicio y criterio, en función de las condiciones de la obra y de las empresas contratistas de los andamios, el requerir de las mismas le acrediten la disponibilidad de la documentación técnica necesaria y la realización de las operaciones de montaje, transformación, puesta en uso, inspecciones periódicas y desmontaje por el personal cualificado que a partir de ahora se exige, dejando constancia en caso de inexistencia en el Libro de Incidencias.

 

 

 

 

 

 

APLICACIONES INFORMATICAS

 

 

 

LIBRO DEL EDIFICIO 2004 (Refra. 2.328/2.004)

 

 

El Consejo General de la Arquitectura Técnica ha editado la nueva versión del programa informático EL LIBRO DEL EDIFICIO, que corrige los errores de funcionamiento detectados en la anterior versión.

 

 

 

CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS TRABAJOS VERTICALES (Refra. 2.434/2.004)

 

 

La Asociación Nacional de Empresas de Trabajos Verticales ha editado el cd-rom CONDICIONES DE SEGURIDAD Y SALUD EN LOS TRABAJOS VERTICALES, obra que ha sido copatrocinada por ANETVA y ASEPEYO.

 

Se trata de una herramienta de consulta de ayuda para resolver dudas en torno a la realidad del sector de los trabajos verticales, que durante los últimos años ha experimentado un gran auge.

 

En las oficinas colegiales tenéis a vuestra disposición un ejemplar de estas aplicaciones informáticas.

 

 

 

ELECCIONES A JUNTAS DE GOBIERNO DE LOS COLEGIOS (Refra. 2.406/2.004)

 

 

Según se dispone en el artº 76 de los Estatutos Generales, las elecciones ordinarias para cargos de las Juntas de Gobierno de los Colegios tendrán lugar en el mes de junio próximo.

 

La determinación de la fecha concreta, dentro de dicho mes, se fijará en el acuerdo que se adopte por la Junta de Gobierno relativo a la correspondiente convocatoria electoral.

 

Como criterio para su fijación viene manteniéndose, usualmente, el de hacer coincidir, aproximadamente, la fecha de las elecciones con la de conclusión de los cuatro años desde las anteriores, lo que en términos generales vendría a significar que su celebración tendría lugar durante la segunda semana del mes de junio de 2.005.

 

 

 

 

 

MODULOS DE VISADO

 

 

Los módulos para cálculo de presupuestos del año 2.005, son los siguientes:

 

Enero               261,48             Mayo               264,49             Septiembre       267,54
Febrero            262,23             Junio                265,25             Octubre          268,31

Marzo              262,98             Julio                 266,02             Noviembre       269,08

Abril                263,74             Agosto             266,78             Diciembre       269,86

 

 

MARCADO CE (Refra. 116/2.005)

 

 

Conforme al Real Decreto 11-02-2.004, sobre Directiva General de Política Tecnológica derivado de la Directiva Europea sobre Productos de Construcción (DPC) 89/106/CE, a partir del 1 de febrero de 2.005 es obligatorio el MARCADO CE para comercializar morteros de revoco exterior y elucido interior y morteros para albañilería.

 

Para su puesta en práctica puede consultarse la Norma UNE EN 998-1. La Dirección General de Desarrollo Industrial del Ministerio de Industria, contempla la “instrucción sobre criterios para la puesta en práctica del marcado CE de los morteros para albañilería” la identificación homologada de los morteros para revoco y enlucido respondiendo a las siguientes categorías:

 

 

 

PROPIEDADES                                                         CATEGORÍAS            VALORES

 

Intervalo de resistencia a compresión a 28 días             CS I              0,4 a 2,5 N/mm²

                                                                                                CS II           1,5 a 5,0 N/ mm²

                                                                                                CS III          3,5 a 7,5 N/ mm²

                                                                                                CS IV                     ³ N/ mm²        

 

Absorción de agua por capilaridad                                           W 0              No especificado

                                                                                                W 1   c ≤ 0,40 kg/m²· min º´5

                                                                                                W 5   c ≤ 0,20 kg/m² · minº´5

 

Conductividad térmica                                                 T 1                 ≤ 0,1 W/ m · K

                                                                                               T 2                 ≤ 0,2 W/ m · K

 

 

Y las designaciones homologadas para identificar los morteros para albañilería expresadas en función de su resistencia a compresión N/mm² según alguna de las siguientes clases:

 

 

 

 

Resistencia a Compresión                

N/mm²                         1,0            2,5            5,0            7,5            10,0            15,0            20,0            d*

 

Clase                         M 1    M 2,5     M 5   M 7,5     M10   M 15     M 20  Md

 

* d: resistencia a compresión superior a 25 N/ mm²

 

 

BOLSA DE TRABAJO

 

 

Refra. 2.259/2.004

El grupo Cobra, Delegación de Obra Civil Baleares, Departamento de RR. HH., requiere, para zona de Mallorca:

 

-         1 jefe de obra.

-         1 ayudante de jefe de obra.

-         1 técnico para el departamento de ofertas.

 

Remuneración a convenir según experiencia.

 

Contacto: 971.277.650 (Sr. Mota. Recursos humanos) gmota@grupocobra.com.

 

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Refras. 138 y 139/2.005

La firma Castilla de Construcciones ABS, S. A., solicita Aparejadores o Arquitectos Técnicos para cubrir los siguientes puestos de trabajo:

 

-         Jefe de producción.

Edad (orientativa): 25-35 años

Experiencia: 1 año en puesto similar

Tipo contrato: Contrato de obra

Remuneración aproximada: 21.000 € negociables

Informática: Autocad, presto y programas técnicos en general

 

 

-         Jefe de obra.

Edad  (orientativa): 30-35 años

Experiencia: 2 años en puesto similar

Tipo contrato: Contrato de obra

Remuneración aproximada: 36.000 € negociables

Informática: Autocad, presto, programas técnicos en general.

 

Interesados contactar con:

Castilla de Construcciones ABS, S. A.

Doña Beatriz Soberon

E mail: b_soberon@castillaconstruccionesabs.com

 

 

Refra. 122/2.005

La empresa Acuario Properties, S. L., perteneciente al grupo Global Estates requiere jefes de obra para la isla de Ibiza.

Funciones: Planificación y ejecución de las obras, control de calidad, seguridad y salud.

Se requiere: Formación en Arquitectura Técnica, experiencia como jefe de obra de al menos dos años. Dominio de Autocad y nivel de programa Presto. Se valorará dominio de ingles a nivel de conversación.

Se ofrece:             Incorporación a una empresa consolida con buen ambiente de trabajo. Las condiciones económicas oscilan entre 2.000 y 3.000 € brutos, en función de la valía del candidato. Incorporación inmediata.

 

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Refra.: 167/2.005

Tecglen Tasaciones, sociedad de tasación de ámbito balear, necesita Arquitecto Técnico para realizar valoraciones para mercado hipotecario en la isla de Ibiza.

 

Se requiere conocimiento de:

 

-         Normativa vigente sobre valoraciones inmobiliarias.

-         Evolución del mercado inmobiliario.

-         Sistema Borsan.

 

Es necesario:

 

-         Ordenador PC con conexión a internet.

-         Vehículo propio.

-         Cad u otro sistema de representación gráfica.

 

Remuneración:

 

-         Por tasación efectuada.

 

Interesados contactar con Mari Tecglen al teléfono 610.290.750 o a través del e mail tecglen@infonegocio.com.

 

 

DISPOSICIONES OFICIALES

 

 

BOE Nº 303

 

Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.

 

 

En las oficinas colegiales podéis solicitar copia de estos textos legales.